CUSTODIA HIJOS
CUSTODIA HIJOS
CUSTODIA HIJOS
guada.28/09/2011 02:22:07
PREGUNTA:
Hola, tengo dos niños en mi país, yo resido en España y también el padre,que ya está casado con otra persona, me los quiero traer,pero el no esta de acuerdo.
Un familiar mio tiene la guarda y custodia de mis hijos,que se lo dimos el padre y yo antes de venir a España. Mi pregunta: el podría denunciarme por traermelos sin su consentimiento y exigir que se vuelvan a nuestro país cuando estamos los dos padres viviendo en España?
RESPUESTA:
En respuesta a su consulta informarle que el cambio de residencia de los menores es una decisión que deben adoptar los progenitores que son quienes tienen la patria potestad de los hijos, si bien en su caso y en atención a que ambos progenitores residen en España, en el supuesto de que el padre denunciase no prosperaría. Ahora bien lo correcto es que una vez estén en España los menores interpongan el correspondiente proceso judicial de guarda y custdia, que puede ser de mutuo acuedo o contencioso.
Para formular otras consultas puede dirigirse a: consultas@antoniosegura.es, o puede visitar la web: www.segura-abogados.com.
Atentemente,
Antonio Segura Abogados.
carolina06/08/2011 03:52:45
PREGUNTA:
Hola, quisiera saber como obtener la custodia de mi hija de 4 meses..yo vivo en Perú y el padre de mi hija también pero el no le pasa nada a mi hija. El convive con otra mujer y tiene un hijo de tres años...yo tengo planes de ir a España pero el no quiere firmar para llevar a mi hija..Quiero saber q puedo hacer?
RESPUESTA:
Distinguida señora:
El proceso judicial para obtener la custodia de su hija y la autorización para poder viajar a España con ella debe tramitarlo en Perú, ya que es donde reside usted, la menor y el padre. Si usted acredita que el padre no se ocupa de la menor ni materialmente ni moralmente y que usted en España dispondrá de un trabajo e ingresos con los que cuidar de su hija no creo que tenga problemas.
Para formular otras consultas puede dirigirse a: consultas@antoniosegura.es , o puede visitar la web: www.segura-abogados.com
Antonio Segura Abogados
CINTHYA 15/03/2011 16:02:11
PREGUNTA:
HOLA, SOY ECUATORIANA Y MI CONSULTA ES QUE TENGO DOS NIÑOS NACIDOS EN ESPAÑA DE 6 Y 3 AÑOS. EL DE 6 AÑOS TIENE NACIONALIDAD ESPAÑOLA LA DE 3 NO.
NO TIENE RESIDENCIA AQUI EN ESPAÑA SOLAMENTE ESTÁ INSCRITA CONFORME NACIÓ AQUÍ, EL PADRE ES DOMINICANO, Y NO SE HACE CARGO DE LOS NIÑOS CASI NO TENGO CONTACTO CON ÉL, NO QUIERE PRESENTARSE AL CONSULADO PARA SACARLE LA RESIDENCIA Y EL PASAPORTE Y NO SÉ QUE HACER.
TAMBIÉN QUISIERA OBTENER LA CUSTODIA DE LOS NIÑOS YA QUE EL NO SE HACE CARGO DE ELLOS. QUISIERA QUE ME ORIENTARAN HABER QUE ES LO QUE PUEDO HACER,O A DONDE ME PUEDO DIRIGIR PARA ARREGALAR LA SITUCIÓN CON MIS HIJOS.
MUCHAS GRACIAS
RESPUESTA:
Distinguida señora:
En respuesta a su consulta informarle que puede usted interponer una demanda de Guarda y Alimentos ante el Juzgado de Primera Instancia de su domicilio. La demanda solicitando las medidas respecto a los hijos puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa. Para presentar la demanda de mutuo acuerdo necesitamos que el padre esté conforme y firme el convenio regulador donde se establece: régimen de visitas, pensión de alimentos, domicilio de los hijos, guarda, patria potestad y las demás medidas referentes a los menores, una vez firmado el convenio regulador se presenta la demanda en el Juzgado del lugar de su domicilio.
En el supuesto de que el padre no esté conforme y no quiera firmar el convenio, se pude interponer la demanda contenciosa solicitando las medidas respecto a los hijos.
Para formular otras consultas puede dirigirse a: consultas@antoniosegura.es , o puede visitar la web: www.segura-abogados.com
Atentamente,
Antonio Segura Abogados.
elsa09/02/2011 14:55:58
PREGUNTA:
Tengo un hijo de 5 años que tiene el apellido de su padre pero jamás se ha hecho cargo de él. Yo me vine a España sola con mi niño y aquí me casé con otro hombre. ¿Como puede mi marido cambier el apellido de mi hijo y ponerle el suyo?
RESPUESTA:
Distinguida señora:
Para que su hijo pueda llevar el apellido de su marido es necesario hacer un proceso judicial de adopción. Como el menor lleva el apellido de su padre biológico existen varias opciones:
a.- En el país de nacimiento del menor hacer un proceso para judicial privando al padre biológico de la patria potestad, tras lo cual puede solicitar que se suprima el apellido de su padre biológico, una vez modificado el apellido en el acta de nacimiento, podemos presentar en España la demanda de adopción en la cual solicitamos que el menor pase a llevar el apellido de su marido.
b.- Una segunda opción presentar la demanda de privación de patria potestad en España, ya que el menor reside aquí, es un proceso largo que dura unos siete meses, finalizado el primer proceso podemos presentar la demanda de adopción.
c.- La tercera vía sería presentar la demanda de adopción directamente en España, si el padre biológico nos firma un poder prestando su consentimiento a la adopción conseguiríamos que el proceso no fuese tan largo, aunque existe la posibilidad que el Juzgado de familia solicite el consentimiento del mismo a la adopción y para ello le cite en el juzgado más próximo a su domicilio.
Para formular otras consultas puede dirigirse a: consultas@antoniosegura.es , o puede visitar la web: www.segura-abogados.com
Atentamente,
Antonio Segura Abogdos.